LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Administración Pública: persona
jurídica formada por una pluralidad de entes dotados de personalidad jurídica y
patrimonio propio para el cumplimiento de los fines que el ordenamiento
jurídico le atribuye.
Su actuación está sometida a la Ley y
al Derecho, controlando los Tribunales la potestad reglamentaria y la legalidad
de dicha actuación administrativa.
Se entiende por Administraciones
Públicas:
- La Administración General del Estado.
- La Administración Autonómica.
- La Administración Local.
- La Administración Institucional y Corporativa.
LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
Es la parte de la Administración
Pública que se encarga de la gestión en todo el territorio nacional de aquellos
servicios y funciones fundamentales para la existencia de la comunidad.
Desarrolla funciones ejecutivas de
carácter administrativo, bajo la dirección del Gobierno.
La Administración del Estado se
estructura en:
- Administración Central:
- Órganos superiores:
- Ministros
- Secretarios de Estado
- Órganos directivos:
- Subsecretarios
- Secretarios Generales
- Secretarios Generales Técnicos
- Directores Generales
- Subdirectores Generales
- Periférica
La Administración Central del Estado
Ministros
Órgano superior que se encuentra al
frente de un Departamento Ministerial. Tiene una doble naturaleza: política,
como miembro del Gobierno, y administrativa, al ser un órgano superior de la
Administración General del Estado.
Son nombrados y separados por el Rey,
a propuesta del Presidente del Gobierno, mediante Real Decreto.
En los casos de ausencia o enfermedad
de un Ministro, será sustituido por el Ministro que designe el Presidente del
Gobierno.
Les corresponde, entre otras muchas,
el ejercicio de las siguientes funciones:
- El desarrollo de la acción del Gobierno en el ámbito de su Departamento.
- Refrendar los actos del Rey en materias de su competencia.
- Ejercer la potestad reglamentaria en las materias propias de su Departamento.
- Aprobar las propuestas de los estados de gastos del Ministerio.
- Autorizar las modificaciones presupuestarias.
- Convocar las pruebas selectivas al personal del Ministerio.