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10 octubre 2014

La Corona

La figura del Rey: El Rey es el Jefe del Estado, es el símbolo de la unidad del Estado y de su permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, procurando el desarrollo de las mismas dentro de lo establecido por la Constitución, y actuando como poder moderador entre ellas.Y por último, el Rey asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales.


FUNCIONES CONSTITUCIONALES DEL REY

  • Nombra, en su testamento, al que ha de ser tutor de su sucesor, mientras éste sea menor de edad.
  • Guarda y hace guardar la Constitución y las leyes, según establece el art. 61
  • Propone y nombra, en su caso, al candidato a Presidente del Gobierno y pone fin a sus funciones, de acuerdo con lo establecido en la Constitución.
  •  Nombra y separa a los miembros del Gobierno a propuesta de su Presidente.
  •  Expide los decretos acordados en el Consejo de Ministros.
  • Confiere empleos civiles y militares. Conviene decir a este respecto que en las monarquías constitucionales el Rey nombra, pero no elige.
  • Nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.
  • Tiene derecho a ser informado de los asuntos de Estado y a presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno.
  • Tiene el mando supremo de las Fuerzas Armadas.
  • Tiene el alto patronazgo de las Reales Academias.
  • Asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales. Tales como:
o El acreditar a los embajadores y otros representantes diplomáticos, y recibir las cartas credenciales de los representantes extranjeros en España.
o El manifestar el  consentimiento del Estado para obligarse por medio de Tratados Internacionales
o El declarar la guerra y hacer la paz, previa autorización de las Cortes.


30 junio 2014

Tema completo La Corona



                                     Indice

La figura del Rey
Funciones constitucionales del Rey
Funciones legislativas del Rey
Funciones de caracter judicial
Sucesión
Regencia
Tutela
Proclamación del Rey
Refrendo
Esquema. La Corona
Esquema. La Corona. 2ª Parte


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19 junio 2014

¿Posible reforma constitucional?

¿Posible reforma constitucional?

Hace unos minutos el nuevo Rey Felipe VI ha jurado ante las Cortes Generales conforme a lo establecido en el artículo 61 de la Constitución Española, por el que el rey se compromete a desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas.

¿Y ahora? Mucha gente espera una posible reforma de la Constitución impulsada por el nuevo Rey de España, aunque todavía hay que esperar.

Los puntos más esperados a modificar ya se plantearon durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero (el modelo autonómico, la igualdad del hombre y la mujer en la sucesión a la Corona, la integración de la Constitución Europea y la función del Senado).

Muchos expertos esperan una reforma profunda de la Constitución con la modernización de la Corona y la modificación del modelo de Estado.

Para poder realizar la reforma de la Constitución en estos casos se requiere  según el artículo 168 de la CE de 1978:

  • La aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.
  • Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.
  • Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.



Ahora nos toca esperar a "ver que pasa" y si ciertamente como se espera Felipe VI es el impulsor de una Constitución más moderna y acorde a nuestro tiempo.