62 plazas de Auxiliar Administrativo/a
Mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre- 56 vacantes en la plantilla funcionarial pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, dotadas con las retribuciones correspondientes al Grupo C, Subgrupo C-2, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente
- 6 plazas en régimen laboral de duración indefinida, con las retribuciones correspondientes al Nivel VI del Grupo B (Personal Administrativo), del vigente Convenio Colectivo del Ayuntamiento.
Bases
2 plazas auxiliar administrativo. Ayuntamiento de Córdoba
El Ayuntamiento de Córdoba ha convocado 2 plazas de auxiliar administrativo dos plazas de Auxiliar Administrativo/a, en régimen
laboral de duración indefinida, mediante el sistema de Concurso-Oposición, en turno Libre.
El plazo de presentación de instancias será hasta el 27 de febrero.
SOLICITUDES
- Las instancias manifestando que se reúnen todos los requisitos exigidos, deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba en el plazo de veinte días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las plazas en el Boletín Oficial del Estado. Se cumplimentarán en el modelo de solicitud y autobaremo que se encuentra publicado en la página https://sede.cordoba.es.
- Quienes estén en posesión de certificado digital, podrán realizar la presentación de la solicitud de participación junto con el autobaremo y efectuar el pago de la tasa establecida (10,38 €) por vía telemática, quedando ambos automáticamente registrados.
- Quienes no opten por la vía telemática, deberán cumplimentar el modelo de solicitud y autobaremo publicado en la página https://sede.cordoba.es y entregarlo impreso y firmado, junto con fotocopia del DNI en vigor y justificante del pago de tasas (Justificante de ingreso de la cantidad de 10,38 €, número de cuenta 0237.6028.00.9152455481, en concepto de participación en procesos de selección de personal o en su defecto se acompañará el resguardo del giro postal, telegráfico o transferencia de su abono.
- Las personas exentas, deberán acreditar el motivo de su exención.
- Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en los Registros de los Centros Cívicos Municipales o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Las solicitudes presentadas a través de las Oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo ante de ser certificadas.
- En caso de presentar las instancias en Administración distinta, y al objeto de agilizar el procedimiento, el interesado lo comunicará vía fax, o correo ordinario, al departamento de Selección y Formación.
- Las solicitudes presentadas en soporte papel que presenten enmiendas o tachaduras, tanto en la instancia como en el autobaremo, serán desestimadas.