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16 octubre 2014

El Poder Judicial

Hoy toca el Poder Judicial. Puedes configurar tu propio temario con los temas que te interesen. En la sección TEMARIO encontrarás más temas que se irán aumentando cada semana. Espero que te sirva de ayuda, si tienes alguna duda puedes utilizar los comentarios o el foro de la web, prometo intentar resolver todas las dudas :)  


Regulado en:
  • Constitución Española. Título VI
  • Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre
  • Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.


PRINCIPIOS DEL PODER JUDICIAL

Principio de exclusividad jurisdiccional. La potestad de juzgar corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales. Con ella se proclama que ningún otro órgano podrá ejercer potestad jurisdiccional alguna.

Principio del origen popular de la Justicia. La justicia emana del pueblo, correspondiendo a Jueces y Magistrados la función de administrarla.

Independencia de Jueces y Magistrados

Independencia de los Jueces y Magistrados respecto a todos los órganos judiciales.
Independencia de Jueces y Magistrados respecto de los órganos de Gobierno del Poder Judicial.
Garantías de la independencia de Jueces y Magistrados:
  • Garantías judiciales. Se habilita a los Jueces y Magistrados para seguir las vías judiciales oportunas por razón de presiones o violaciones de su independencia.
  • Garantías administrativas. Los Jueces y Magistrados no podrán ser separados, trasladados, ni jubilados sino es por alguna de las cuestiones y con las garantías previstas en la propia LOPJ.

El sometimiento al imperio de la ley

Los Jueces y Magistrados en el ejercicio de la potestad jurisdiccional son, simultáneamente, defensores de la legalidad. No pueden por tanto, ni violar, ni modificar la legalidad. En este sentido se entiende el art. 1 LOPJ, que prohíbe a los Jueces y Magistrados la aplicación de Reglamentos o cualquier otra disposición, contrarios a la Constitución, a la Ley o al principio de jerarquía normativa.

El art. 5.1 LOPJ, proclama a la supremacía de la Constitución y la obligación de los Jueces y Magistrados de interpretar y aplicar las leyes según los preceptos y principios constitucionales, conforme a la interpretación de los mismos que resulte de las resoluciones dictadas por el Tribunal Constitucional.

Principio de actuación del Poder Judicial

Principio de gratuidad de la Justicia (art. 119 de la C.E.; artículo 20.1 LOPJ). La ley 25/1986, de 24 de diciembre, suprime las tasas judiciales.
La ley 1/1996, de 10 de enero, regula la asistencia jurídica gratuita y el Real Decreto 2103/1996, de 20 de septiembre, aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita. Debemos tener en cuenta que la justicia será gratuita cuando así lo disponga la Ley, y en todo caso a quien  acredite insuficiencia de recursos para litigar.

Principio de publicidad de las actuaciones judiciales, con las excepciones previstas en las leyes procesales
Principio de oralidad, especialmente en materia criminal (art. 120.2 de la C.E.; art. 229.1 LOPJ).
Principio de responsabilidad del Estado por error judicial o indebido funcionamiento de la Administración de Justicia (art. 121 de la C.E;  Título V, Libro III, art. 292 al 297 LOPJ).


02 julio 2014

Esquemas gratuitos en pdf del Poder Judicial

Definición de Poder Judicial: el que ejerce la Administración de Justicia.

El Consejo General del Poder Judicial dispone de una web http://www.poderjudicial.es en la que puedes consultar todo lo referente a su legislación, noticias, sala de prensa, etc...  




A continuación tienes una relación de esquemas en pdf completamente gratis:



Aquí puedes consultar todos los esquemas disponibles para preparar tu oposición.